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Recuperar el plan de pensiones según la nueva Ley

El encargado de regir los planes de pensiones es el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. Este fue modificado en el año 2018 para permitir, que a partir del 1 de enero de 2025, fuese posible recuperar las aportaciones realizadas con una antigüedad de 10 años y los rendimientos generados por ellas.

¿Cuándo se puede rescatar un plan de pensiones?

La nueva legislación establece que a partir del 1 de enero de 2025 será posible rescatar un plan de pensiones siempre y cuando hayan pasado 10 años desde su contratación, sin necesidad de que se haya producido ninguna de las situaciones de rescate que se establecían por ley:

  • Jubilación
  • Incapacidad laboral permanente
  • Dependencia severa
  • Fallecimiento del titular, en cuyo caso los herederos pasaban a convertirse en sus beneficiarios
  • Desempleo de larga duración
  • Enfermedad grave

Hasta ahora, el rescate de un plan de pensiones era posible únicamente en estos casos específicos, pero el cambio que acaba de entrar en vigor supone que, si un plan de pensiones fue contratado en 2015, su titular podrá rescatarlo íntegramente en 2025; si lo contrató en 2016, podrá hacerlo a partir de 2026, y así sucesivamente, aunque no haya alcanzado la jubilación o no se hayan dado alguna de las situaciones indicadas anteriormente. De esta forma, los planes de pensiones se vuelven más flexibles y permiten que los beneficiarios puedan acceder a su ahorro cuando lo necesiten y antes de la jubilación, lo que también puede traducirse en un incentivo para los jóvenes que pueden ser más reticentes a la hora de contratar un fondo de este tipo.

¿Cómo tributa el rescate de un plan de pensiones?

Cuando se decide rescatar un plan de pensiones, el importe rescatado se considera rendimiento del trabajo. Por lo tanto, se aplican los tramos progresivos del IRPF, en los que el tipo impositivo aumenta a medida que lo hace la base imponible. Es decir, si rescatas una cantidad elevada de golpe, puedes situarte en un tramo fiscal superior, lo que se traduce en un incremento del IRPF.

En este sentido, la mejor opción es siempre, tener claro cuál es tu situación y cuál es el momento idóneo para poder solicitar el rescate y la manera en la que quieres recibir el dinero ahorrado.

¿Cómo rescatar un plan de pensiones?

A la hora de rescatar un plan de pensiones contratado, debes tener en cuenta que la ley establece tres vías diferentes para hacerlo. En este punto es importante conocerlas para saber cuál es la más adecuada para ti en la situación concreta en la que te encuentres.

  • Rescate en forma de capital, o lo que es lo mismo, recibir el importe acumulado en un único pago. En este caso, el total rescatado tributa en el ejercicio fiscal en que se percibe, lo que hace que se incremente la base imponible. Sin embargo, para las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006, existe la posibilidad de aplicar una reducción del 40% sobre el capital rescatado, así que solo se tributa por el 60% de dichas aportaciones.
  • Rescate en forma de renta: consiste en recibir pagos periódicos de las aportaciones realizadas. De esta forma, es posible distribuir el incremento en la base imponible en distintos ejercicios y puede ayudarte a complementar la pensión de jubilación pública.
  • Rescate mixto: combina las dos modalidades anteriores, es decir, una parte del ahorro acumulado se recibe en forma de capital en un único pago, y el resto se percibe en forma de renta periódica.

Cambios de la nueva normativa

La modificación de la normativa supone también otra serie de cambios con respecto a los planes de pensiones y tienen que ver con la reducción de las comisiones máximas aplicables en Planes de Pensiones. Estas se fijarán atendiendo a los distintos tipos de planes.

  • Fondos de renta fija: se establece una comisión máxima del 0,85%, lo que se traduce en una reducción de 65 puntos con respecto a la normativa anterior.
  • Planes Mixtos: en este caso la reducción es de 20 puntos, lo que supone una comisión máxima del 1,3%.
  • Fondos de renta variable: en este sentido no hay modificaciones y las comisiones del 1,5%.

¿Cómo recuperar tu plan de pensiones?

Con la nueva normativa podrás recuperar tu plan de pensiones siempre y cuando hayan transcurrido al menos 10 años desde su contratación. Si quieres rescatarlo tan solo deberás ponerte en contacto con tu aseguradora para indicarles que quieres proceder con la operación. En este sentido, como ya hemos indicado no será necesario que alegues ni justifiques ninguna causa para ello.

En un plazo de entre 15 y 30 días tras realizar la solicitud recibirás tus ahorros en la forma que hayas establecido. Es decir, si lo has hecho a través de un rescate en forma de capital, en forma de renta o a través de un rescate mixto.

Si tienes dudas sobre tu Plan de Pensiones y necesitas asesoramiento financiero o fiscal puedes contar con la tranquilidad que te ofrece el servicio de asesoramiento de jubilación a través de nuestros expertos de MAPFRE. Ellos te orientarán en todo momento para elijas los Planes de Pensiones MAPFRE que más se adapten a ti.

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