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Home 5...5 Preguntas Frecuentes 5 ¿Tiene ventajas fiscales un plan de pensiones?

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¿Tiene ventajas fiscales un plan de pensiones?

Es bueno garantizarse un retiro cómodo y sin sobresaltos. Pero también es importante el presente, el momento en el que vas a contratar un plan de pensiones y empiezas a realizar tus aportaciones al mismo.

Si contratas alguno de estos instrumentos de ahorro e inversión tendrás ventajas en tus obligaciones ante Hacienda. En el Impuesto de la Renta a las Personas Físicas (IRPF) te puedes deducir las aportaciones que hayas hecho el último año al plan de pensiones.

¿Cuál es la deducción máxima?

El máximo deducible no puede superar el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas con un tope absoluto de 8.000 euros. Ten en cuenta que Hacienda computará dentro de ese límite las aportaciones empresariales a un plan de pensiones de empresa así como a otros instrumentos de ahorro como Planes de Previsión Asegurados (PPA).

¿Cómo se realiza la deducción?

La forma de proceder de la Agencia Tributaria es sencilla: las aportaciones se descontarán de la base liquidable del impuesto, es decir, la renta que has obtenido el último año susceptible de ser declarada. Con eso se consigue reducir el tipo de gravamen efectivo de tu declaración. Paro al preguntar ¿con qué ventajas fiscales cuenta un plan de pensiones?, es más fácil verlo con ejemplos.

Ejemplo práctico

Imaginemos que tu base liquidable (resultado de restar al sueldo bruto las aportaciones a la Seguridad Social) es de 130.000 euros y has realizado aportaciones por valor de 5.000 euros. El liquidable entonces se quedaría en 125.000 euros. Incluso al aplicar el mismo tipo marginal se produciría un ahorro.

Hay que tener en cuenta el tramo autonómico del IRPF. Es la parte que recaudan las comunidades autónomas del impuesto y los tipos aplicados no son iguales, así que el ahorro será distinto en función de dónde vivas. Por ejemplo con la legislación vigente en este caso en Andalucía se pagaría 51,981,06 euros sin las aportaciones y 49.531,06 con las aportaciones. El tipo marginal sería del 49% para ambos casos. En Madrid sin las aportaciones del ejemplo se pagaría 49.415,30 euros y con las aportaciones 47.190,30. Para el primer caso el tipo marginal es del 45% y para el segundo del 44,5%.

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