Ahorra para tu jubilación al mismo tiempo que colaboras con el desarrollo de la sociedad
Plan de Pensiones que se beneficia de las altas rentabilidades del mercado de renta variable asumiendo un riesgo bajo. Además el plan invierte en activos que contribuyen al crecimiento sostenible de nuestras sociedades.
Fiscalidad
Aportaciones
Los planes de pensiones Renta FP de MAPFRE permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 1.500 euros.
Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.
Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:
- El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
- 1.500 euros anuales.
Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social, si bien existe un límite adicional de 8.500€ para contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador que fueran iguales o inferiores a las del empleador a sistemas de empleo.
- Posibles sistemas de previsión social:
- Fondos de Pensiones.
- Mutualidades.
- Planes Previsión Asegurados.
- Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
- Seguros de Dependencia.
- Para el caso de los seguros de dependencia severa o de gran dependencia, el límite de 1.500 euros pasa a ser aplicable para el conjunto de aportaciones realizadas por todas las personas que satisfagan este tipo de primas a favor de un mismo contribuyente.
No obstante, se mantiene la reducción adicional e independiente de 5.000 euros para las primas de seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa - Limite adicional de 1.000€ anuales para contribuyentes cuyo cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas o los obtenga por debajo de 8.000 euros.
- Posibles sistemas de previsión social:
Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
- Prestaciones
- Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:
- Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
- Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:
Otros impuestos
- Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
- Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
- Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.
Ventajas
Calidad
Alta calidad crediticia de los emisores.
Rentabilidad
Alta rentabilidad a largo plazo.
Fiscalidad
Benefíciate del tratamiento de la fiscalidad con este plan.
Responsabilidad Social
Sigue los criterios de Inversión la Socialmente Responsable.
Otros planes de pensiones
P.P. MAPFRE Renta
- Sistema de ahorro como complemento a tus pensiones.
- La mayor parte de la inversión en renta fija, tanto pública como privada.
- Predominio de los activos a corto-medio plazo.
P.P. MAPFRE Mixto
- Fondo de renta fija mixta.
- Máximo de un 30% de inversión en renta variable.
- Plan a medio-largo plazo.
P.P. MAPFRE Crecimiento
- Fondo de renta variable mixta.
- Inversión entre el 30% y el 75% en renta variable.
- Inversión recomendable a medio-largo plazo.
P.P. MAPFRE Jubilación Activa
- Fondo de Pensiones con vocación inversora Global.
- Inversión de entre un 50% y un 100% en renta fija internacional.
- Ventajas fiscales y ahorro para tu jubilación.
P.P. MAPFRE América
- Fondo de renta variable.
- Inversión en acciones cotizadas en EE.UU.
- Enfoque a medio-largo plazo con excelente rendimiento.
P.P. MAPFRE Europa
- Fondo de renta variable.
- Inversión en mercados europeos con temporalidad de medio-largo plazo.
- Inversión con mayor diversificación de valores bursátiles.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Se puede cambiar de plan de pensiones dentro de la misma entidad?
Sí, se puede realizar un traspaso a otro plan de pensiones dentro de la misma entidad sin ninguna penalización.
2. ¿Se puede donar un plan de pensiones en vida?
Sí, como cualquier otro activo puede donarse siempre y cuando el beneficiario aporte el Impuesto de Sucesiones y Donaciones correspondiente.
3. ¿Se puede rescatar un plan de pensiones para comprar una vivienda?
Podrás rescatar tu plan a partir de 2025 y siempre y cuando la contratación haya sido hace más de 10 años. En ese momento podrás invertir tus ahorros en una vivienda sin ningún problema.
4. ¿Se puede rescatar un plan de pensiones por desempleo?
Sí, el desempleo de larga duración es uno de los principales motivos de rescate de un plan de pensiones. Para ello es necesario estar inscrito como demandante de empleo y no estar percibiendo ninguna prestación pública por desempleo.
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*No computan para el cálculo de la prima las primas únicas de decesos ni los productos de ahorro e inversión.
En el caso de primas de salud computa el importe correspondiente a cada asegurado que figure en la póliza.
**No computan a efectos de siniestralidad los servicios de: Asistencia en carretera, Bricolaje en el Hogar, Asistencia Urgente en el Hogar y los siniestros con culpa tercero en Autos.
Blog de MAPFRE sobre planes de pensiones
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