Preguntas Frecuentes Plan de Pensiones Autónomos
1. ¿A quién va dirigido el plan de pensiones de empleo simplificado de MAPFRE?
El plan de pensiones de empleo simplificado (PPES) va dirigido a Trabajadores autónomos, para poder aportar y deducirse hasta un máximo de 5.750€ o ( 1.500€ en un plan de pensiones individual + 4.250€ exclusivamente al Plan de Pensiones de empleo simplificado).
Es válido para:
- Autónomos
- Autónomos societarios realizando su actividad en empresas.
- Autónomo empresario individual .- autónomo con empleado/s a su cargo. En este caso, y siempre que incluya a sus trabajadores, también el empresario individual puede promover y ser partícipe de un plan de pensiones de empleo tradicional. (hasta el límite de 5.750 €/año a su favor y 10.000€/año a sus empleados).
2. ¿Cómo justifico que soy trabajador autónomo?
A la hora de la emisión, se solicitará Nm. DNI (y Fotocopia) y Código CNAE.
Además, se deberá aportar uno de los siguientes documentos:
- Certificado de alta en el RETA
- Boletín de cotización a la Seguridad Social
- En caso de no tener disponible los anteriores es válida una declaración responsable.
3. ¿Qué ocurre con mi PPES si dejo de ser autónomo?
Desde ese, momento ya sólo podrá hacer aportaciones de 1.500€ a un plan de pensiones individual o PPA.
En el año en que volviera a ser autónomo, podría volver a realizar aportaciones en el PPES hasta el límite de 5.750€ anuales.
4. ¿Cubre las mismas contingencias que un plan de pensiones individual o de empleo a la hora de hacer líquido el ahorro?
5. ¿Y fiscalmente, tanto en la aportación como a la hora de cobrarlo, tiene la misma fiscalidad que un plan de pensiones individual o de empleo?
6. ¿Una vez contrate el nuevo PPES, puedo movilizar los derechos económicos de otros planes de pensiones individuales o PPA,s de otras entidades al PPES?
7. ¿Puedo movilizar mis derechos económicos desde el nuevo PPES a un plan de pensiones individual o PPA?
8. ¿Si movilizo mi plan de pensiones individual o PPA al nuevo PPES, podré mantener los derechos de reducción del 40% para aportaciones anteriores a Diciembre de 2006 en caso de percibirlo en forma de capital?
9. ¿Qué aportaciones prevalecen en caso de que un partícipe supere en el año las aportaciones a un plan de pensiones individual y las aportaciones al PPES o plan de pensiones de empleo?
10. ¿Por qué contratar el plan de pensiones de empleo simplificado de MAPFRE?
- El nuevo PPES de MAPFRE, incluye el servicio de Ciclo de Vida para optimizar al máximo las expectativas de rentabilidad del autónomo ajustadas a su ciclo natural y por tanto maximizar el ahorro final en su Jubilación.
- La gestión del ciclo de vida lo realizará MAPFRE AM con su reconocido prestigio y capacidad para la gestión sobradamente demostrada.
- Los gastos de gestión del nuevo PPES de MAPFRE serán mínimos lo que generará más dinero para el autónomo.
- Porque somos especialistas en jubilación y seremos los encargados de asesorar al cliente autónomo, tanto para su ahorro como para cobrarlo en su jubilación.
11. ¿Cómo contratar el plan de pensiones de empleo simplificado de MAPFRE?
Para contratar el nuevo Plan de Pensiones de Empleo Simplificado de MAPFRE puedes acudir a una de nuestras oficinas. Buscador de oficinas.
12. ¿Cómo puedo consultar y gestionar mi nuevo PPES de MAPFRE?
13. ¿Cómo obtener el cobro de la prestación?
Como el resto de planes de pensiones, podrás rescatarlo a valor de mercado (en forma de capital, renta actuarial o renta financiera o una combinación de ambos) y disponer de tus derechos económicos en los siguientes casos:
- Jubilación: cuando el partícipe acceda a la jubilación en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, sea a la edad ordinaria, anticipada o posteriormente
- Incapacidad: permanente total, absoluta y gran invalidez
- Dependencia: severa o gran dependencia
- Enfermedad grave: según lo estipulado legalmente
- Desempleo de larga duración: en el momento en el que no se perciba ninguna prestación contributiva
- Fallecimiento del partícipe: cobrarán la prestación sus beneficiarios.
- Liquidez a partir de 10 años.