Máxima flexibilidad para las PYMES
Los pequeños negocios no están exentos de sufrir accidentes y por ello, el seguro Flexiaccidentes Pymes de MAPFRE ofrece la protección a medida de todos sus clientes.
Intervinientes, garantías y primas, y normas de contratación
Intervinientes
- Compañía Aseguradora
- MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
- Tomador
- Persona física o jurídica que, junto con el Asegurador, suscribe el contrato y al que corresponden las obligaciones y derechos que del mismo se derivan, salvo los que por su naturaleza correspondan al Asegurado o los Beneficiarios.
- Asegurado
- Persona física sobre cuya vida recae la cobertura del seguro.
No son asegurables las personas menores de 18 años ni mayores de 67 años de edad, ni las personas legalmente incapacitadas.
En el momento de entrada en vigor de la póliza, o en las sucesivas incorporaciones que puedan producirse, los Asegurados deberán estar en situación de alta laboral y ejerciendo su actividad profesional con normalidad.
- Persona física sobre cuya vida recae la cobertura del seguro.
- Beneficiario
- Persona designada en el contrato de seguro y que tiene derecho a recibir la prestación. Serán los siguientes:
- Los designados en la póliza para la prestación de fallecimiento del Asegurado. En caso de no existir designación expresa, se considerarán, de acuerdo con el orden de prelación reflejado, los siguientes:
- Cónyuge del Asegurado.
- Hijos del Asegurado, por partes iguales.
- Padres del Asegurado por partes iguales.
- Herederos legales del Asegurado.
- Para el resto de garantías el Beneficiario será el propio Asegurado.
- Los designados en la póliza para la prestación de fallecimiento del Asegurado. En caso de no existir designación expresa, se considerarán, de acuerdo con el orden de prelación reflejado, los siguientes:
- Persona designada en el contrato de seguro y que tiene derecho a recibir la prestación. Serán los siguientes:
Normas de contratación
- Edades de contratación
- Edad mínima: 18 años.
- Edad máxima: 67 años.
- Primas y capitales
- Es obligatorio la domiciliación del pago de la prima.
- Se podrá fraccionar la prima, sin recargo de forma trimestral o semestral.
- Prima mínima por póliza o recibo: 40,00 euros.
- Capitales fijos, no revalorizables.
- Límite máximo de indemnización para el conjunto de asegurados accidentados en un mismo accidente 6.000.000€.
- Selección de riesgos
- En caso de que el Tomador del Seguro o asegurados, tengan contratadas con MAPFRE otros seguros de los ramos de Vida o Accidentes, de las modalidades de Individuales o Colectivos, que hagan cúmulo de capital conjunto con este superior a 1.300.000€, para la contratación de este seguro será requisito imprescindible la autorización previa del Área Técnica de Accidentes de Central.
Las actividades empresariales indicadas seguidamente no podrán ser ofertadas, si están comprendidas entre la siguiente relación, y su contratación se efectuará exclusivamente con autorización previa por parte del Área Técnica de Central:- Empresas de Refinería, Centrales Nucleares. Empresas de fabricación de explosivos, pirotecnia y municiones.
- Industrias químicas, o que fabriquen materias tóxicas, inflamables o explosivas.
- Plantas de gas.
- Plantas de almacenamiento de materiales tóxicos, explosivos o radiactivos.
- Plantas de tratamiento de residuos químicos, tóxicos o radiactivos.
- Empresas que tengan por objeto social/actividad principal el transporte de materiales tóxicos, inflamables o sustancias radiactivas, o custodia de valores.
- Pescadores y buzos profesionales, exploración submarina.
Policías que no sean municipales o agentes de movilidad, bomberos profesionales (sin considerar como tales los voluntarios o integrantes de Protección Civil) y militar. - Pilotos y tripulaciones aéreas.
- Empresas suyo objeto social/actividad principal sea la construcción bajo tierra.
- Minería subterránea.
- Equipos de deportistas profesionales, árbitros y tauromaquia.
Artistas y Artesanos (actor, cantante, músico, bailarín, doblaje, locutor, circo, escultor, pintor...). - Médicos.
- Seguros de viajes colectivos.
- En caso de que el Tomador del Seguro o asegurados, tengan contratadas con MAPFRE otros seguros de los ramos de Vida o Accidentes, de las modalidades de Individuales o Colectivos, que hagan cúmulo de capital conjunto con este superior a 1.300.000€, para la contratación de este seguro será requisito imprescindible la autorización previa del Área Técnica de Accidentes de Central.
Garantías y primas
Opciones de contratación | |||
Garantías para cobertura 24 horas | Opción A | Opción B | Opción C |
Fallecimiento accidental | 25.000 | 50.000 | 75.000 |
Gastos de sepelio por accidente | 3.000 | 3.000 | 3.000 |
Incapacidad profesional total por accidente | 25.000 | 50.000 | 75.000 |
Incapacidad profesional absoluta por accidente | 25.000 | 50.000 | 75.000 |
Invalidez permanente por accidente según baremo, hasta | 25.000 | 50.000 | 75.000 |
Invalidez permanente por accidente según baremo, hasta | 25.000 | 50.000 | 75.000 |
Gran invalidez por accidente | 40,00€ | 75,00€ | 115,00€ |
Póliza sin revalorización | |||
Límite máximo indemnización por siniestro 6.000.000 € |
Descuento por volúmen de asegurados:
- De 10 a 19 asegurados 5%
- De 20 a 49 asegurados 10%
- De 50 a 99 asegurados 15%
- De 100 asegurados en adelante 20 %
Ventajas
Flexibilidad
Diferentes opciones de contratación.
Máximas garantías
Completas coberturas en caso de accidente.
Continuidad
Póliza sin revalorización.
Descuento
Deducción en la prima por volumen de asegurados.
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