El número de ciclistas en las diferentes ciudades de España ha aumentado considerablemente en los últimos años debido, en parte, a la construcción de carriles bici que conectan los principales barrios. Como consecuencia de ello, las cifras de accidentes en bicicleta también han subido originando importantes daños materiales y físicos. Los usuarios que se desplazan de este modo son unos de los más vulnerables de la vía pública y aunque las cifras más altas de siniestralidad se registran en el entorno urbano, las lesiones son mucho más graves en los incidentes que tienen lugar en las vías interurbanas, llegando incluso a ser mortales.
Para estar lo más protegido posible en estos casos conviene pedalear con la máxima precaución y contar con un seguro para bicicletas que incluya las coberturas más completas. Una de las más interesantes es la de daños para cubrir los desperfectos que puedan ocasionarse accidentalmente durante la circulación, en reposo o durante su transporte. En este contexto entra en juego el concepto de valor venal de la bicicleta para obtener la indemnización que corresponda en caso de siniestro.
Valor venal, valor a nuevo y valor de reposición
Cuando no se está familiarizado con estos términos es bastante común confundirlos, aunque cada uno de ellos tiene un significado diferente.
Valor venal de una bicicleta:
El valor venal de una bicicleta es el precio de venta que tiene en el mercado en el momento de producirse el accidente. Para calcularlo, un perito debe tasar el vehículo teniendo en cuenta el importe de otros modelos con características similares. Además, en este valor también se tiene en cuenta la depreciación que haya sufrido la bicicleta y el estado de conservación en el que se encuentre, y a la ley de la oferta y la demanda.
Valor a nuevo
Por su parte, el valor a nuevo es el precio de venta de la bici en su estado original. Normalmente se considera este concepto cuando la compañía y el asegurado llegan a un acuerdo de indemnizar por el valor de la bicicleta nueva que haya sufrido el daño.
Valor de reposición:
Por último, el valor de reposición hace referencia a la cantidad de dinero que cuesta reparar la bicicleta dañada.
¿Cómo aplica la cobertura de daños en caso de accidente en bicicleta?
Aunque las condiciones pueden variar según la compañía, normalmente los seguros de bici que incluyen la cobertura de daños cubren los desperfectos que pueda sufrir siempre y cuando el cuadro haya resultado afectado como consecuencia de un accidente, por causa exterior, violenta, súbita y ajena a la voluntad del asegurado. Lo más habitual es que el siniestro se produzca durante la circulación, pero también se contempla la posibilidad de que tenga lugar en reposo o durante su transporte.
Después de que se produzca el incidente, el usuario debe contactar con la aseguradora para solicitar la indemnización de los daños de la bicicleta siniestrada. Llegados a este punto se distinguen dos situaciones:
- Si resulta la pérdida total de la bici, la compañía ofrece una compensación por el valor de nuevo cuando no han transcurrido más de 4 años desde la adquisición o por el valor real de la bicicleta en el supuesto de que el siniestro haya ocurrido a partir del quinto año de la salida de fábrica. En este último caso, se aplica una depreciación del 10% anual por antigüedad, uso u obsolescencia sobre el valor de nuevo.
- Si no se ha producido la pérdida total de la bicicleta, el asegurado recibe una indemnización de acuerdo al coste que tienen los materiales que se deben cambiar y la mano de obra encargada de la reparación o sustitución, siempre considerando las tarifas del servicio técnico autorizado.
Es importante tener en cuenta que a la hora de reclamar la indemnización de los daños materiales de una bicicleta se deben presentar todos los documentos posibles a la compañía para justificar el estado en el que se encontraba, como fotografías, factura de compra, etc.