Hasta ahora, cuando ocurría un accidente mortal de avión o barco dentro o fuera de España, uno de los trámites legales más tediosos y sobre todo, lento de realizar era la declaración jurídica de los fallecidos. Los familiares de los viajeros muertos en el siniestro eran los principales perjudicados por esta espera, con el nuevo proyecto de ley propuesto el trámite se acelera y se hace más sencillo.
La última tragedia aérea acaecida en los Alpes y en la que han muerto un total de 150 españoles, ha sido el desencadenante y acelerador para poner en marcha esta nueva legislación que será válida tanto dentro del territorio nacional como fuera del mismo.
El nuevo procedimiento podrá realizarse con carácter colectivo e inmediato, además la enmienda de ley dará legitimación activa a la Fiscalía, concentrando todas las actuaciones necesarias para la declaración de fallecimientos en un mismo órgano, lo que acelerará de forma definitiva el proceso.
Asimismo, en el nuevo proyecto de Ley establece que las embajadas consulares o diplomáticas debido a su cercanía y proximidad a los hechos, cuando los siniestros ocurran en territorio internacional, tienen que prestar toda su ayuda y colaboración necesaria y solicitada a la Fiscalía con el objetivo de que esta cuente con el mayor número de recursos y efectivos posibles para realizar la declaración en el menor tiempo posible.
De acuerdo con esta enmienda planteada, si el accidente ocurre en España la declaración de fallecidos se hará extensiva a todos los viajeros, mientras que si sucede fuera del territorio nacional sólo afectará a los ciudadanos españoles y los residentes en España.
La nueva normativa deja fuera de su ámbito los accidentes ocurrido en tren, y sólo incluye los de avión o barco, ya que los billetes de tren no son nominales, lo que dificulta la identificación de los pasajeros y la confirmación efectiva de que viajaban durante el siniestro, lo que ralentiza el trámite de declaración de fallecidos y no permite incluirlos en este nuevo procedimiento más rápido.
El objetivo de esta nueva ley que modifica sensiblemente el trámite actual de declaración de fallecidos, no es otro que apostar por la celeridad, con el fin de restarle sufrimiento y angustia a las personas afectadas por la pérdida de un ser querido en accidente de avión o barco.