En muchas ocasiones se tiende a pensar que no es necesario contratar un seguro de decesos si ya se cuenta con un seguro de vida. Ambas pólizas cubren el fallecimiento del tomador y preservan en cierto modo la economía de la familia. Sin embargo, se deben tener en cuenta las grandes diferencias que existen entre unas coberturas y otras.
En España, el coste de un servicio funerario completo es muy elevado. Por ello, no cabe duda de la utilidad que tienen los seguros de decesos. Por su parte, los seguros de vida ofrecen la protección económica precisa en caso de fallecimiento, invalidez o dependencia del asegurado.
Coberturas del seguro de decesos
El seguro de decesos entra en juego cuando fallece el asegurado para resolver todas las necesidades materiales y emocionales que surgen en dicha situación. Las principales particularidades que diferencian esta póliza de un seguro de vida son:
- Este seguro cubre los gastos relacionados con el funeral: incineración, inhumación, nicho, sepultura, lápida, tanatorio, traslados nacionales e internacionales, etc.
- Otra cobertura de la póliza de decesos es la asistencia para realizar todos los trámites administrativos necesarios, como prestaciones, documentos por fallecimiento, etc. Entre los servicios también se suele incluir la consulta jurídica familiar y la ayuda psicológica.
- Otros gastos extraordinarios relacionados con la muerte corren igualmente a cargo de la compañía aseguradora, como es el caso de la intervención de un médico forense si fuera preciso.
- Como complemento, otra diferencia entre un seguro de vida y un seguro de decesos hace referencia a la asistencia en viaje en este último. Esta garantía suele aplicar tanto al asegurado como a los acompañantes, incluidos los menores.
Coberturas del seguro de vida
Los seguros de vida tienen como principal objetivo ofrecer una indemnización a los familiares cuando el asegurado fallece. Fuera de estos casos, también se contemplan otras garantías para estar protegido en determinadas situaciones en las que se pierden o se reducen los ingresos:
- La principal garantía de los seguros de vida es el fallecimiento del asegurado por cualquier causa. De este modo, los beneficiarios especificados en el contrato perciben una indemnización económica según el capital que se hubiera suscrito.
- Como cobertura complementaria, en los seguros de vida es posible incluir la invalidez absoluta y permanente como consecuencia de un accidente.
- Además, también es posible tener garantizado el pago de un capital fijo en caso de sufrir un cáncer invasivo de mama.
El hecho de que ambos seguros estén asociados al fallecimiento de la persona asegurada, no significa que se puedan identificar como el mismo tipo de póliza. Como hemos visto, los seguros de decesos prestan un servicio a los familiares para que no tengan que preocuparse de realizar ninguna gestión relacionada con el entierro ni asumir ningún coste. Mientras, el seguro de vida tiene como fin mantener la estabilidad económica de la familia en el supuesto de que el asegurado fallezca o sufra algún accidente que le ocasione invalidez absoluta y permanente.
Para contar con una mayor protección, lo más recomendable es disponer de ambos seguros, ya que cada uno cumple una finalidad diferente.