Pese a que la normativa que modificó la situación legal de los empleados domésticos lleva vigente algunos años, en la actualidad siguen existiendo dudas respecto a los requisitos que se deben cumplir para formalizar un contrato con una empleada de hogar.
En primer lugar, se debe tener en cuenta que esta denominación hace referencia a cualquier persona que realice alguna de las siguientes funciones en una casa:
- Cuidado o atención a los miembros de una familia
- Tareas domésticas
- Trabajos de guardería
- Jardinería
- Conducción de vehículos
Todos los empleados del hogar tienen que estar dados de alta en la seguridad social, independientemente del número de horas que trabajen a la semana en un domicilio. Así, el régimen que aplica en estos casos es el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General.
Pasos para tramitar contratos para servicios del hogar
En principio, los empleadores son quienes están obligados a tramitar el alta de quienes trabajen en su vivienda. El modo de proceder es el mismo que un empresario que contrata a un trabajador en su empresa y tiene que inscribirlo en la Seguridad Social.
No obstante, en el supuesto de que el empleado doméstico desempeñe sus tareas durante un tiempo inferior a 60 horas mensuales, existe la posibilidad de que el propio trabajador realice este trámite.
Es muy importante que el contrato de la empleada de hogar se formalice por escrito, salvo en aquellos supuestos en los que se trate de servicios esporádicos cuya duración no supere las 4 semanas continuadas. Así, los pasos para formalizar la relación laboral son los siguientes:
- Lo primero es redactar el contrato donde no puede faltar ningún elemento esencial: identificación del trabajador y del empleador, sistema de retribución, número de horas de trabajo, duración de la relación laboral, régimen de pernoctas en el domicilio, etc.
- El siguiente paso es solicitar un Código de Cuenta de Cotización a través del modelo oficial, donde deben constar los datos del empleador como empresario solicitante. En definitiva, se trata del número de cuenta donde se procederá a cargar el importe de las cotizaciones.
- Una vez que se ha firmado el acuerdo por ambas partes, es necesario presentarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social. Junto a ello, para dar de alta al empleado doméstico también es preciso cumplimentar el formulario oficial de inscripción como empleado de hogar en la Seguridad Social.
Desde la web de la Seguridad Social es posible acceder a diferentes modelos de contrato para empleadas de hogar, ya sea de duración indefinida o determinada. Asimismo, el empleador tiene la posibilidad de establecer un periodo de prueba de hasta dos meses, en el que cualquiera de las partes puede poner fin a la relación laboral con un periodo de preaviso de 7 días.
Aspectos importantes en los contratos de empleada de hogar
- El salario de los empleados domésticos no puede ser inferior a un mínimo que se modifica cada año. Se establecen diferencias en el mismo según se trate de trabajo por horas o si el empleado presta sus servicios durante 120 días o más al año en el mismo domicilio.
- Las bases de cotización se reparten entre las dos partes, aunque el porcentaje que corresponde al empleador es superior que la del trabajador.
- Lo más idóneo es entregar una nómina al empleado o bien un justificante de pago. Para evitar problemas es recomendable utilizar el modelo oficial de recibo de salarios que ofrece la Seguridad Social.
- La solicitud de alta del empleado de hogar se debe tramitar antes de empezar a trabajar en los 60 días previos.
- Para gestionar la baja en la Seguridad Social es preciso comunicarlo en el plazo de los 3 días naturales siguientes.
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