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Home 5...5 Artículos de Hogar 5 IVA en reformas: 10% o 21%

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IVA en reformas: 10% o 21%

Cuanto tienes que reparar tu hogar o arreglar algún daño o desperfecto, si tienes seguro de hogar, lo más adecuado es contactar con el servicio de atención al cliente, indicar lo que ha ocurrido y averiguar cuáles son tus opciones para reparar el daño causado.

Si no precisas de una reparación urgente y tienes este riesgo incluido en tu póliza, el protocolo de actuación más común es que la compañía te mande un perito para valorar el problema y él decida qué profesionales serán necesarios para solucionarlo. Hay compañías que permiten al titular contratar y pagar el arreglo y luego la aseguradora reembolsa el gasto.

Quién paga el IVA de una reforma

Tanto si tú pagas directamente el arreglo o reforma, como si lo hace una entidad aseguradora, en ambos casos, el coste estará grabado por IVA, pero no en la misma proporción. Quién pague y quién contrate al trabajo es importante a la hora de fijar el IVA en reformas.

El IVA no es un impuesto fijo, sino que se trata de un porcentaje variable que se aplica a las facturas que graba. En el caso del IVA en reformas del hogar, dependiendo de quién sea el sujeto de la factura el porcentaje que se incrementa por este impuesto puede ser del 21% o del 10%.

IVA reducido del 10%

Si tú mismo contratas los servicios de la reparación, siendo tú el titular de la factura que te emita el profesional y el responsable de pagarla, por lo general, se aplicará un IVA reducido del 10%.

El IVA en reformas reducido del 10% se aplica en las facturas de obras de renovación y reparación de viviendas para uso particular siempre que se cumplan una serie de condiciones.

Requisitos para obtener el IVA al 10%

  • La vivienda reformada es de uso particular y el beneficiario de la obra y destinatario de la factura es siempre una persona física. Puedes ser también una comunidad de vecinos o propietarios siempre que los trabajos de rehabilitación o reforma se hayan hecho en el mismo edificio en el que se encuentran las viviendas.
  • La vivienda sobre la que se practica la reforma o reparación ha debido de ser construida o rehabilitada por última vez al menos dos años antes de que empiece la reforma a la que se refiere la factura.
  • El material utilizado para la reparación no debe aportarlo el trabajador y si lo hace el coste del mismo no puede sobrepasar el 40 por ciento de la base imponible de la intervención.

IVA general del 21%

Si tu compañía de seguros –u otra entidad- se hace cargo del pago de las facturas por reparar los daños entonces este tipo de trabajos tributarán con un IVA de tipo general, en ese caso, el precio final se aumenta en un 21 por ciento.

El IVA en reformas es de tipo general para las reparaciones de viviendas particulares, actualmente el 21%, siempre que sea una empresa la destinataria de la factura y por lo tanto, la que se hace cargo de abonar la misma.

En qué casos el IVA de una reforma es del 21%

Los profesionales contratados en una reforma o reparación emitirán facturas con un IVA del 21% siempre que se den los factores legales estipulados.

  • La entidad aseguradora se encarga de contratar a los profesionales directamente, sin intermediarios.
  • La factura emitida por el profesional o empresa de reparaciones va a nombre de la aseguradora o entidad que se hará cargo del pago. Es la empresa la beneficiaria jurídica del arreglo.

Como norma general, por tanto, si tú contratas tus obreros para tus arreglos y los pagas, tendrás que afrontar facturas con un IVA del 10%. Si es tu aseguradora la encargada de localizar a los trabajadores, contratarlos y pagarlos, el IVA ascenderá al 21%. La situación intermedia también puede darse, es posible que tú te encargues de pagar una reparación en tu hogar – con IVA reducido- y luego, tu compañía te reembolse a ti la misma cuantía de la factura, IVA incluido.

Contratar un seguro de hogar completo que se adapte a tus necesidades y a las de tu vivienda evitará que tengas que preocuparte por el IVA en las reformas, pero también que pierdas el tiempo buscando obreros, pidiendo presupuesto y pactando o negociando precios finales para una reparación en tu hogar.

¿Qué se entiende por daños eléctricos?

Por daños eléctricos se entienden los desperfectos relacionados con la electricidad como subidas o bajadas de tensión, cortocircuitos, corriente anormal (problemas como luces que parpadean, tomas de corriente que no funcionan o diferenciales que se disparan con frecuencia son indicativos de un sistema eléctrico que puede estar sobrecargado, mal instalado o en mal estado), formación de arco voltaico o averías eléctricas, así como los que estén ocasionados por la caída de un rayo. A la hora de contratar un seguro, es muy importante que te especifiquen claramente qué tipo de daños eléctricos te cubrirá, porque son más frecuentes de lo que creemos.

La cobertura de daños eléctricos de MAPFRE

Con el objetivo de ofrecer una mejor respuesta y productos más completos a los usuarios, muchos seguros incluyen la garantía de daños eléctricos que cubre, principalmente, los desperfectos materiales que afecten tanto a las instalaciones de la vivienda como a las averías en su interior: aparatos eléctricos y electrodomésticos afectados, así como a la pérdida de alimentos refrigerados debido a causas eléctricas.

En MAPFRE te ofrecemos en nuestros seguros de Hogar “Hogar Familiar” y “Hogar Platino” la cobertura obligatoria de “Daños materiales” que también incluye como decimos los daños eléctricos, que pueden ser causados por diversas razones, como cortocircuitos, sobretensiones, o incluso fenómenos naturales. Estos pueden dañar no solo las instalaciones eléctricas del hogar, sino también electrodomésticos y dispositivos electrónicos valiosos.

A la hora de contratar un seguro de hogar, debes mirar todas las garantías, invertir el tiempo que necesites en leer bien la póliza, y hacerlo con cabeza y dependiendo siempre de tus necesidades y las de tu hogar.

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