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Qué se necesita para pedir una hipoteca

No todos los bancos exigen el mismo protocolo para solicitar una hipoteca sobre un inmueble ni se rigen por la misma política de riesgos, pero como mínimo tendrás que documentar, tanto tu situación personal, como la económica y presentar al banco y sobre el papel, a la vivienda que será tu hogar.

La documentación básica que debe conformar un expediente hipotecario es muy similar en todas las entidades bancarias y se clasifica en torno a dos grandes protagonistas: tú, como titular de la hipoteca y máximo beneficiario del préstamo, y el propio inmueble sobre el que se formaliza la hipoteca en caso de ser concedida.

1.- Documentación referente al titular o titulares de la hipoteca, también los avalistas o garantes en caso de ser necesarios, tendrán que presentar este tipo de información.

• NIF o NIE como documentación acreditativa de cada una de las personas.
• Vida laboral al día.
• Última declaración de la renta (IRPF).
• Los trabajadores por cuenta ajena presentarán contrato laboral en vigor y las tres últimas nóminas.
• Los trabajadores por cuenta propia –autónomos- tendrán que demostrarle al banco que son capaces de generar ingresos de forma constante y sostenida, por lo que pueden solicitarles, entre otras cosas, el resumen anual del IVA del año anterior, los pagos trimestrales del IVA del año en curso y los últimos recibos del pago a la Seguridad Social.
• Extractos bancarios de los últimos meses de todas y cada una de las cuentas de las que sean titulares.
• Escrituras o notas simples actualizadas de todas las propiedades que se tengan.
• Si existen otros préstamos, se presentarán los  últimos recibos pagados  de todos ellos.
• Si actualmente el titular o titulares viven de alquiler, será necesario presentar el     contrato de alquiler y últimos recibos.
• Justificantes de cualquier otro ingreso o renta de la que se sea beneficiario.

2.- Documentación referente al bien inmueble que se pretende adquirir con el préstamo hipotecario.

• Contrato de arras, si ya se ha formado.
• Escritura de compra-venta y del préstamo hipotecario para los casos en los que no se trata de formalizar una nueva hipoteca, sino una subrogación de la ya existente sobre el inmueble.
• Último recibo del Impuesto de Bines Inmuebles (IBI).

Toda esta documentación puede ser mucha más –o algo menos- según el banco y el tipo de hipoteca que solicites. Como norma general, recuerda que se trata de convencer, demostrando  a la entidad financiera de que serás un buen cliente y no un gran riesgo para ellos. Tendrás que tener en cuenta con total seguridad te pediría que suscribas un seguro de amortización de hipoteca.

La entidad financiera a la que vayas a solicitar la hipoteca te informará concreta y detalladamente de los requisitos necesarios para poder pedir un préstamo hipotecario. Cuando presentes toda la documentación requerida y que acredite tu adecuación personal y económica para aspirar al préstamo, llegará el  momento de esperar a que se estudie tu solicitud.

En un plazo aproximado que puede ir de una semana a diez días, aunque el tiempo de estudio de un expediente hipotecario puede variar, el banco da una respuesta afirmativa o negativa sobre el préstamo solicitado. Al margen de un estudio pormenorizado de la situación personal y económica acreditada por el o los solicitantes, la entidad llevará a cabo una comprobación registral en referencia al inmueble y/o una tasación propia, si la que ha presentado en su caso el solicitante no le parece adecuada o ajustada a mercado.

Si la entidad financiera aprueba tu solicitud de hipoteca, lo habitual es que te entregue una oferta vinculante con todos los detalles sobre el préstamo hipotecario que ha decidido concederte.

Atención a este documento, ya que es muy valioso y clave para las negociación de tu hipoteca, ya que debe contener todas y cada una de las condiciones del contrato.

Con la oferta vinculante sobre la mesa, ha llegado la hora de que compruebes que lo que la entidad bancaria te ofrece y te exige para concederte la hipoteca, te interesa realmente y se ajusta a tus necesidades. El proceso de verificación y comprobación de este documento debe hacerse con calma y en detalle, por lo que se obliga al banco a que la oferta vinculante tenga una validez mínima de 10 días durante el cual estarán vigentes sus condiciones. En este tiempo, puedes aceptar, pero también rechazar la propuesta e incluso, proponer o negociar cambios.

Todo lo reflejado en la oferta vinculante es lo que va a constar en la hipoteca, si la aceptas y finalmente firmas con el banco, por lo que es fundamental para evitar mal entendidos que todos los detalles –sin excepción- queden recogidos en la oferta vinculante, tanto las características de la hipoteca, como las obligaciones del titular o titulares. Debes ser precavido en este punto y no atenerte a las negociaciones o pactos verbales. Lo que no quede especificado en la oferta no pasará a la hipoteca y por tanto, no será válido.

Si la oferta vinculante que te presenta el banco, como respuesta a tu solicitud de préstamo hipotecario, no cumple con tus expectativas y decides rechazarla, ten en cuenta que es posible que tengas que pagar una comisión por estudio; no todas las entidades la aplican, pero siempre que esté recogida en los folletos informativos de tarifas son legales.

Cuando la oferta vinculante es satisfactoria para el cliente y se acepta, solo resta formalizar el préstamo hipotecario para lo que se remite la documentación al notario para que prepare la escritura. Como solicitante y beneficiario de la hipoteca, puedes elegir el notario para formalizar la escritura y consultar con él todas las dudas o problemas que pueda suscitarte el texto definitivo, es importante que  lo revises con detalle, siempre antes de la firma.
Para pedir una hipoteca se necesita completar un protocolo de solicitud, concesión y formalización que puede ser ligeramente diferente en cada banco, pero que a grandes rasgos es muy similar. La recomendación para el futuro hipotecado es atención al detalle y exigir trasparencia para prevenir problemas futuros con un contrato que, en la mayoría de los casos,  estará en vigor por un prolongado plazo.

¿Qué se entiende por daños eléctricos?

Por daños eléctricos se entienden los desperfectos relacionados con la electricidad como subidas o bajadas de tensión, cortocircuitos, corriente anormal (problemas como luces que parpadean, tomas de corriente que no funcionan o diferenciales que se disparan con frecuencia son indicativos de un sistema eléctrico que puede estar sobrecargado, mal instalado o en mal estado), formación de arco voltaico o averías eléctricas, así como los que estén ocasionados por la caída de un rayo. A la hora de contratar un seguro, es muy importante que te especifiquen claramente qué tipo de daños eléctricos te cubrirá, porque son más frecuentes de lo que creemos.

La cobertura de daños eléctricos de MAPFRE

Con el objetivo de ofrecer una mejor respuesta y productos más completos a los usuarios, muchos seguros incluyen la garantía de daños eléctricos que cubre, principalmente, los desperfectos materiales que afecten tanto a las instalaciones de la vivienda como a las averías en su interior: aparatos eléctricos y electrodomésticos afectados, así como a la pérdida de alimentos refrigerados debido a causas eléctricas.

En MAPFRE te ofrecemos en nuestros seguros de Hogar “Hogar Familiar” y “Hogar Platino” la cobertura obligatoria de “Daños materiales” que también incluye como decimos los daños eléctricos, que pueden ser causados por diversas razones, como cortocircuitos, sobretensiones, o incluso fenómenos naturales. Estos pueden dañar no solo las instalaciones eléctricas del hogar, sino también electrodomésticos y dispositivos electrónicos valiosos.

A la hora de contratar un seguro de hogar, debes mirar todas las garantías, invertir el tiempo que necesites en leer bien la póliza, y hacerlo con cabeza y dependiendo siempre de tus necesidades y las de tu hogar.

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