Encontramos las siguientes: “suceso eventual o acción de que involuntariamente resulta daño para las personas o cosas” o también “síntoma grave que se presenta inopinadamente durante una enfermedad, sin ser de los que la caracterizan”
Lo primero que se nos viene a la cabeza cuando oímos la palabra accidente, es que ha ocurrido algún siniestro en los que cabe la posibilidad de que haya daños materiales en el mismo (coches, casas y sus enseres, etc). Pero, en el mundo sanitario existen muchos accidentes que están asociados a enfermedades, como puede ser el accidente cerebro vascular más conocido por sus siglas: ACV.
Existen muchos productos aseguradores que cubren los accidentes, tanto en lo material como a nivel sanitario, pero cada producto tiene sus propias características y coberturas muy diferenciadas según la naturaleza del suceso que hay ocurrido.
¿El seguro de salud cubre accidentes?
La respuesta a esta pregunta es que la mayoría de las aseguradoras que comercializan productos de salud si los cubren, pero hay que conocer cual es el origen y el tipo de accidentes ya que, en la mayoría de los casos, las compañías utilizarán su derecho de repetición (recobro de la asistencia recibida) contra el seguro que el accidentado haya contratado para esta contingencia (puede ser de autos, hogar, accidentes personales, seguros escolares, federaciones deportivas, etc).
Los seguros de salud son productos que están diseñados fundamentalmente para dar cobertura sanitaria por enfermedades y/o situaciones sobrevenidas independientemente de la naturaleza por la que se hayan producido, pero cuando se atiende un siniestro que cubre otro tipo de seguro, se tiene que utilizar la cobertura de este último.
Lo vemos en un ejemplo explicativo donde se pueden dar las dos situaciones:
Situación 1
Javier, va circulando con su vehículo tranquilamente, cuando encontrándose detenido en un semáforo en rojo, otro vehículo cuyo conductor no ve que el vehículo de Javier se encuentra detenido, le embiste por detrás, causándole daños tanto al conductor como al vehículo.
Como consecuencia del siniestro, Javier ha sufrido un latigazo cervical con lo que precisa de asistencia sanitaria de urgencias y posteriormente, rehabilitación en la columna cervical.
El conductor que ha provocado esta lesión admite su culpabilidad y realizan el parte amistoso, donde la aseguradora de éste cubrirá toda la asistencia que necesite Javier, a partir de este momento hasta su recuperación total.
Situación 2
Como hemos visto, Javier ha sufrido un accidente provocado por otro vehículo, pero en esta otra situación, se necesario trasladar a Javier a un centro hospitalario urgentemente ya que se precisan pruebas diagnósticas para comprobar su estado de Salud. Es trasladado a un hospital privado, donde es atendido con su póliza del seguro de salud.
Una vez recuperado, y con el atestado del accidente realizado por las autoridades competentes; Javier enviará a la aseguradora el mismo, con el fin de repercutir los gastos de la asistencia sanitaria que recibió Javier, a la aseguradora del vehículo causante del accidente.
Lo importante, en cualquier caso, es disponer de un seguro de accidentes que dé cobertura a este tipo de siniestros, que se pueden presentar en cualquier momento y lugar.
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*Sujeto a condiciones generales y particulares de la póliza de Salud.