Además de permitir que los ciudadanos puedan asistir a los juicios, también existe la posibilidad de obtener testimonio de las diligencias judiciales, algo que está regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) fundamentalmente. Esto aplica también a los testimonios de diligencias judiciales.
Un testimonio de actuaciones puede definirse como una copia de la documentación que obra en los autos de un procedimiento judicial (diligencias, resoluciones, escritos, etc.). Aunque esta información se encuentra bajo custodia del letrado de la administración de justicia en el juzgado, en algunos casos es necesario contar con estos documentos para realizar algunas gestiones.
Por lo tanto, los usuarios pueden acceder y obtener una copia de todas las actuaciones que no sean secretas o que puedan afectar a los derechos, principios y valores constitucionales.
¿Cómo se obtiene un testimonio de actuaciones judiciales?
Hay que tener en cuenta que solo las partes que hayan intervenido en el proceso o cualquier otra persona que acredite un interés legítimo y directo tienen derecho a obtener copias simples de los escritos y documentos que consten en los autos. Del mismo modo, también pueden solicitar que se les expidan testimonio o certificados.
En el caso concreto de los testimonios de las actuaciones judiciales, el letrado de la administración de justicia actúa como fedatario público acreditando que la fotocopia del documento y el original coinciden. Para que conste la autenticación es preciso que en la copia aparezca su firma y el sello del juzgado.
Para obtener testimonio de un documento es preciso seguir los pasos que establece el Reglamento del Consejo General del Poder Judicial sobre aspectos accesorios de las actuaciones judiciales:
- Los interesados deben presentar una solicitud por escrito en la secretaría del órgano judicial indicando los documentos de los que se pide la expedición de testimonio. Asimismo, también es preciso explicar la causa que motiva tal petición.
- El letrado de la administración de justicia debe resolver en el plazo de dos días en base a si está suficientemente justificado el interés del solicitante o si se puede afectar a los derechos fundamentales de determinadas personas.
- En caso afirmativo, se expide el testimonio de las actuaciones pedidas. En el supuesto contrario, se dicta un acuerdo denegatorio que se puede impugnar ante el juez en un plazo de tres días. Contra la resolución que dicte este último, se puede imponer recurso de alzada ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia que corresponda.
¿Cuándo se necesita un testimonio de diligencias judiciales?
Son múltiples los casos en los que se debe contar con un testimonio de este tipo. Uno de ellos tiene lugar cuando la aseguradora debe pagar las prestaciones de un seguro de vida como consecuencia de un accidente. Con carácter general, para proceder al reembolso garantizado, los beneficiarios tienen que aportar:
- El testimonio de las diligencias judiciales.
- El atestado de los cuerpos de seguridad.
- El informe de la autopsia en el supuesto de que se haya realizado.
- El certificado del médico que haya asistido al asegurado, indicando las circunstancias del incidente que hubiera causado la muerte.
- Cualquier otro documento que acredite el fallecimiento por accidente.