A grandes rasgos, la normativa de equipaje en los aviones está regulada por el Reglamento de la Comisión Europea por el que se establecen las medidas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea. En este documento legal se recogen los artículos que tienen algún tipo de restricción, tanto para transportarse en la cabina como en la bodega. Por norma general, los pasajeros no pueden llevar ningún objeto que suponga un riesgo para la salud del resto de viajeros o para la seguridad de la aeronave.
Además de las limitaciones de los líquidos en un avión, también es interesante destacar lo que se considera equipaje especial. Con este nombre, se denominan todos aquellos bienes que por sus dimensiones u otra serie de características se deben transportar de un modo diferente. Esto significa que no se pueden guardar en una maleta o mochila comunes, tanto facturando como si no se realiza esta gestión.
Transporte de equipajes especiales
Dado que no existe una regulación específica para el caso de los equipajes especiales en avión, es necesario consultar previamente las condiciones que establece cada compañía aérea. Además de la empresa, lo más probable es que la tarifa contratada también influya en el tipo de bultos que se pueden llevar de forma gratuita, ya que de lo contrario será obligatorio pagar un plus. Poniendo como ejemplo la aerolínea Iberia, los pasajeros deben tener en cuenta distintos aspectos según lo que deseen transportar:
- Equipaje de esquí: tanto los bastones, como los esquís, las tablas, las botas o los cascos se pueden embarcar en el avión siempre que estén guardados en un máximo de dos bolsas de hasta 23 kilos. Es imprescindible que estos objetos estén perfectamente colocados y sujetos para no causar molestias o daños durante su manejo. En los vuelos de largo recorrido se considera una pieza transportable gratuita, aunque en los trayectos de media y corta distancia se aplica un cargo.
- Armas de fuego: estos objetos tan peligrosos tienen que ir siempre en bodega, ya se trate de armas largas, como rifles y escopetas, o armas cortas, como pistolas. Es obligatorio que cualquier tipo de armamento esté descargado, desmontado y colocado en un embalaje adecuado. Por otro lado, las municiones se deben incluir en el equipaje facturado aparte, pero tiene que estar correctamente etiquetado e identificado. Además, el pasajero tiene que presentar una autorización emitida por la Intervención de Armas del aeropuerto y se considera como equipaje especial para el cual hay que abonar un cargo.
- Bicicletas: para transportar una bicicleta en avión es necesario que tenga un solo asiento y no incluya motor. Asimismo, se debe plegar el manillar, quitar los pedales, desinflar las ruedas y embalar todas las partes en una caja especial. Al igual que en el equipaje de esquí, no hay que pagar un extra en los vuelos de largo recorrido, al contrario de lo que sucede en los itinerarios medios y cortos.
- Instrumentos musicales: en función del tipo de instrumento, los pasajeros pueden viajar con el mismo en cabina como equipaje de mano o bien en un asiento adicional, o facturado en la parte de la bodega. Se establecen unas medidas estándar que regulan el lugar donde se pueden transportar estas pertenencias. Así, por ejemplo, una guitarra estándar se puede llevar en la cabina como una única pieza de equipaje. En el supuesto de que el instrumento tenga mayores dimensiones, la compañía aérea establece cómo se tiene que realizar el trayecto.