Plan de Pensiones
para Autónomos de Empleo Simplificado ATA
Un plan de pensiones de ahorro de cara a la jubilación diseñado para los Trabajadores Autónomos
O si lo prefieres llámanos al
918 366 224
Promovido por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA)
Gestionado a través de MAPFRE A.M.
Tu ahorro como complemento futuro a tu jubilación
Características del plan de pensiones de empleo simplificado:
¿Por qué invertir en MAPFRE?
¿Cómo contratar el Plan de Pensiones de Empleo Simplificado?
Para contratar el nuevo Plan de Pensiones de Empleo Simplificado de MAPFRE
puedes acudir a una de nuestras oficinas
Preguntas frecuentes
1. ¿A quién va dirigido el plan de pensiones de empleo simplificado de MAPFRE?
El plan de pensiones de empleo simplificado (PPES) va dirigido a Trabajadores autónomos, para poder aportar y deducirse hasta un máximo de 5.750€ o ( 1.500€ en un plan de pensiones individual + 4.250€ exclusivamente al Plan de Pensiones de empleo simplificado).
Es válido para:
- Autónomos
- Autónomos societarios realizando su actividad en empresas.
- Autónomo empresario individual .- autónomo con empleado/s a su cargo. En este caso, y siempre que incluya a sus trabajadores, también el empresario individual puede promover y ser partícipe de un plan de pensiones de empleo tradicional. (hasta el límite de 5.750 €/año a su favor y 10.000€/año a sus empleados).
2. ¿Cómo justifico que soy trabajador autónomo?
A la hora de la emisión, se solicitará Nm. DNI (y Fotocopia) y Código CNAE.
Además, se deberá aportar uno de los siguientes documentos:
- Certificado de alta en el RETA
- Boletín de cotización a la Seguridad Social
- En caso de no tener disponible los anteriores es válida una declaración responsable.
3. ¿Qué ocurre con mi PPES si dejo de ser autónomo?
Pasarás a a situación de partícipe en suspenso.
Desde ese, momento ya sólo podrá hacer aportaciones de 1.500€ a un plan de pensiones individual o PPA.
En el año en que volviera a ser autónomo, podría volver a realizar aportaciones en el PPES hasta el límite de 5.750€ anuales.
4. ¿Cubre las mismas contingencias que un plan de pensiones individual o de empleo a la hora de hacer líquido el ahorro?
5. ¿ Y fiscalmente, tanto en la aportación como a la hora de cobrarlo, tiene la misma fiscalidad que un plan de pensiones individual o de empleo?
Sí. La aportación hasta 5.750€ se deduce al 100% en la base imponible de cara al IRPF y a la hora de percibirlo será rendimiento del trabajo (capital o rentas).