
El Seguro para los Propietarios de Edificios de viviendas
Para los propietarios de todos aquellos edificios de viviendas que no estén constituidos como una comunidad de vecinos, MAPFRE ofrece su Seguro de Propietarios de Edificios, con el que estarán cubiertos ante cualquier eventualidad y riesgo.
Coberturas del Seguro de Propietarios de Edificios
Coberturas opcionales
- Atascos en conducciones
- Incluye los gastos para desatascar las conducciones generales o comunitarias.
- Roturas
- Cubre los daños que, por rotura, sufran los bienes asegurados tales como: cristales, lunas, espejos, fregaderos, aparatos sanitarios fijos o muebles de metacrilato entre otros.
- Robos
- Protege a la comunidad de vecinos frente a los perjuicios ocasionados por hurto y robo. Incluye garantías como sustitución de llaves y cerraduras, robo de dinero en efectivo, ropa y efectos personales o la reobtención de documentos.
- Daños estéticos
- Cubre los gastos de reparación o reposición necesarios para restaurar la coherencia estética que el bien dañado tenía antes de la ocurrencia del siniestro.
- Fenómenos atmosféricos
- Cubre los daños derivados de fenómenos atmosféricos tales como: lluvia, viento, pedrisco o granizo y nieve.
- Daños eléctricos
- Cubre los daños que sufra la instalación eléctrica, así como en los aparatos o equipos a ella conectados, a consecuencia de corrientes anormales o cortocircuitos en la red.
- Daños por agua
- Cubre la reparación o indemnización de los daños por agua que se produzcan en los bienes asegurados por derrames accidentales o fugas procedentes de instalaciones o de aparatos electrodomésticos, e incluso los debidos a filtraciones, omisión del cierre de válvulas, grifos, o llaves de paso, o a su desajuste.
- Asistencia en el edificio
- Incluye un servicio telefónico de orientación administrativa del edificio, el acceso a profesionales para la realización de reformas y otras reparaciones, información estadística de la póliza, un servicio de control de plagas, servicios de emergencias, reparaciones y vigilancia, así como un servicio de conservación de edificios (ITE).
- Avería de maquinaria
- El Seguro de Comunidades para Propietarios de MAPFRE incluye el coste de las averías internas que sufra la máquina, según las condiciones generales de la póliza.
- Reconstrucción de jardines
- Protege a la comunidad de los daños sufridos por plantas y árboles a consecuencia de fenómenos atmosféricos.
- Accidentes de los empleados
- Cubre las indemnizaciones y gastos sanitarios en caso de fallecimiento, invalidez permanente, incapacidad permanente total y absoluta, gran invalidez e invalidez temporal del empleado, así como los gastos sanitarios por asistencia médica, desplazamientos y estancias.
- Vehículos en garaje
- Protege a la comunidad de los daños directos que puedan sufrir los vehículos que se hallen depositados en el interior del garaje del riesgo asegurado a consecuencia de Incendio, Rayo o Explosión.
- Defensa jurídica del arrendador
- Ofrece al arrendador un equipo de abogados para la defensa jurídica, incluido el desahucio.
- Actos vandálicos producidos por el inquilino
- Cubre todos los desperfectos que el inquilino cause por actos vandálicos, para mantener las viviendas en las mejores condiciones.
Ventajas
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué instalaciones están cubiertas en un Seguro de Edificios?
El edifico, en lo cual se incluyen trasteros, garajes, piscinas, zonas de arbolado, jardines y otras instalaciones deportivas. Además, las instalaciones fijas de agua y climatización, así como toldos o persianas, también estarán incluidas en el seguro.
2. ¿Cómo se valora el coste de la reparación de daños?
En caso de siniestro, y con el fin de establecer la suma total de indemnización, un perito deberá valorar los daños. En caso de que el Consorcio se responsabilice de los daños, serán ellos los que establezcan la suma de la indemnización.
3. ¿Quiénes pueden contratar el Seguro de Edificios?
4. ¿Está incluido el mobiliario en el Seguro de Edificios de viviendas?
Sí, todo aquel mobiliario que se encuentre en zonas comunes, aunque si se trata de un propietario único, también se podrá incluir el mobiliario de uso particular que esté en viviendas y locales del edificio.
5. ¿Es obligatorio el seguro de incendios?
La ley obliga a contratar un seguro de incendios siempre y cuando se tenga un préstamo hipotecario (lo cual no quiere decir que haya que contratar el seguro con la propia entidad bancaria).
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