Cuando tienes un coche de empresa, es posible que te hayas preguntado si te cubre el seguro en caso de accidente. El seguro para el coche es obligatorio para poder circular en España, por lo que este al menos contará con las coberturas de responsabilidad civil.
¿Si sufro un accidente con el coche de empresa me cubre el seguro?
Cuando circulas con un coche este debe contar con el seguro adecuado para la actividad que está realizando, es decir, si se trata de un vehículo de empresa, este debe tener contratado un seguro específico y diseñado para estos automóviles. Es decir, debido a que estos vehículos están destinados a tareas laborales y específicas, es necesario contar con seguros que cubran estas necesidades. Por este motivo, las empresas deben contratar un seguro para sus flotas de vehículos que se adapte a la actividad real de los mismos. Por tanto, si tienes un coche de empresa y sufres un accidente, el seguro cubrirá siempre que en la póliza se haya declarado cuál es el uso real de la actividad del vehículo.
¿Qué cubren los seguros para flotas?
Los coches de empresa están cubiertos por seguros especialmente diseñados para vehículos de este tipo y que tienen como objetivo cubrir los daños materiales y personales que puedan sufrirse tras un siniestro, además de hacerse cargo de las indemnizaciones por daños a otros vehículos, conductores y usuarios de la vía.
Aunque cada empresa puede elegir qué tipo de seguro contratar para su flota, lo más común es que se contrate un seguro a terceros con el que cubrir la responsabilidad civil obligatoria para subsanar los daños provocados a terceros. Este tipo de seguro, es el mínimo requerido para poder circular en España, pero siempre es posible ampliarlo con otras coberturas adicionales.
¿Quién paga los daños del vehículo de empresa en caso de accidente?
Como ya hemos señalado, será el seguro el que se haga cargo de los daños causados a terceros o de los daños que sí estén incluidos en la póliza, pero siempre que estos no se hayan producido porque el empleado haya causado el accidente de manera negligente. En los casos en los que el conductor, haya actuado con negligencia o sea el culpable de provocar uno durante el desempeño de sus funciones de una manera grave, la empresa podrá cobrar los daños que haya sufrido el vehículo de empresa al empleado. Es decir, las empresas suelen incluir en los contratos de sus vehículos una cláusula de responsabilidad del conductor para estos casos.
La aseguradora no indemniza los daños propios provocados en el vehículo cuando ha habido un caso de negligencia, pero sí que se hará cargo de los pagos que causen daños a terceros. En este sentido, la aseguradora está facultada para repartir con la empresa o el conductor dichos pagos, algo que dependerá de la póliza contratada. El importe de los daños causados y que deban ser abonados por el empleado pueden deben ser acordados ya que no es posible descontarlo de la nómina. En caso de no llegar a un acuerdo entre empresa y empleado, se podrá realizar una reclamación judicial.
¿Qué es la responsabilidad vicaria?
En los casos de accidente en los que esté implicado un coche de empresa, el titular del vehículo tiene la denominada responsabilidad vicaria. Es decir, en este tipo de vehículos el titular del automóvil es la empresa, que será la que tenga la responsabilidad legal del mismo, pero en este caso recibe el nombre de responsabilidad vicaria. Esto se traduce en que la empresa tiene la responsabilidad de los daños causados por el conductor y del estado del vehículo.
En este sentido, la empresa puede tener responsabilidad vicaria cuando, en los tribunales se ha constatado que el propietario del vehículo no ha tomado las medidas adecuadas para que el vehículo se utilizase de manera adecuada y responsable. Esto no quiere decir que el conductor no tenga responsabilidad, ya que si es culpable del accidente deberá compartir la responsabilidad con la empresa.
¿El seguro cubre al conductor?
En los casos en los que el conductor de un vehículo de empresa sufra un accidente del que no es el responsable, tiene derecho a reclamar las indemnizaciones pertinentes de igual forma que si fuese conduciendo su propio vehículo. Es decir, podrá reclamar los daños y perjuicios por daños personales, daños materiales o patrimoniales, en cualquier caso, estas deben justificarse con pruebas que certifiquen las compensaciones que se reclaman.
El Seguro de flota de vehículos de MAPFRE incluye el Seguro del Conductor para vehículos de empresa siempre que no sean vehículos industriales o maquinaria agrícola. Así, el conductor está cubierto frente al pago de las indemnizaciones estipulas por los daños corporales que pueda sufrir el conductor autorizado y habilitado para ello de manera legal, tras sufrir un accidente. Estos daños incluyen indemnizaciones por asistencia sanitaria, invalidez permanente o muerte.