Actualizar el libro de familia por fallecimiento de un familiar es un trámite necesario, aunque las circunstancias no sean las más idóneas para realizar una gestión administrativa. Además de organizar el funeral, también hay que tramitar algunos documentos cuando se produce la muerte de un ser querido. Muchas compañías aseguradoras se encargan de realizar todo el papeleo que va a unido a estos casos, por lo que contratar un seguro de decesos implica ciertas ventajas desde este punto de vista.
Conviene tener en cuenta que los familiares o los herederos están obligados a seguir el proceso correspondiente, para lo cual hay que conseguir una serie de documentos básicos antes de iniciar todos los pasos necesarios. En el caso de que la persona fallecida contara con una póliza de decesos, por norma general la aseguradora se encarga de obtener toda la documentación y enviarla a los interesados. Si no es así, éstos deben encargarse de conseguirlos en las administraciones o a través de una gestoría.
¿En qué consiste la actualización del libro de familia por fallecimiento?
Después, para actualizar el libro de familia por fallecimiento es necesario que se haya realizado la notificación al juzgado. Una vez que han transcurrido unos días después de ello, alguna de las personas más allegadas al fallecido tiene que dirigirse al Registro Civil de la localidad donde ha tenido lugar la muerte. En este momento hay que presentar el libro de familia para que el personal anote la baja y remita los certificados literales de defunción, que se trata de una fotocopia compulsada del libro de defunciones. A partir de este trámite se produce la baja inmediata en el libro de familia de la persona que haya fallecido.
Cuando la muerte de una persona se produce en el extranjero, para seguir los pasos anteriores, primero se debe practicar la inscripción del fallecimiento en el consulado español y obtener los datos correspondientes de la misma para solicitar el certificado de defunción en el Registro Civil del lugar dentro del territorio nacional.
¿Qué otras gestiones hay que realizar cuando fallece un familiar?
- Solicitar el Certificado de Actos de Últimas Voluntades en el registro general pertinente dependiente del Ministerio de Justicia. Este documento ofrece información sobre si el fallecido tenía testamento o no, así como ante qué notario lo presentó en caso de que así fuera. Este trámite puede hacerlo cualquier persona cercana que justifique un interés legítimo y siempre que hayan transcurrido 15 días desde la fecha de defunción.
- Gestionar la baja del fallecido en la Seguridad Social. Esta acción es imprescindible tanto si el familiar cobraba alguna pensión, como si se encontraba trabajando.
- Obtener un certificado de saldo en las cuentas bancarias u otros productos financieros de los que fuera titular el fallecido.
- Si se reúnen las condiciones para acceder a la pensión de viudedad o de orfandad, también es preciso completar los impresos oficiales y tramitarlos en alguna de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es muy importante realizar esta gestión antes de que hayan pasado 3 meses desde el fallecimiento.