Las placas solares en el seguro de hogar
Tener contratado un seguro de hogar es la mejor garantía para estar tranquilo ante cualquier imprevisto. Incluso este tipo de pólizas incluyen en muchas ocasiones algunas coberturas que se desconocen, pero que resultan realmente útiles en algunos momentos. En el supuesto de los paneles solares que están fijos se consideran instalaciones permanentes de energía eléctrica y, por lo tanto, entran dentro del continente de la vivienda. Esto significa que en las placas solares se aplican las mismas coberturas que en todo el conjunto del inmueble.
Como ya sabemos, el continente hace referencia a todos los elementos que pertenecen a la construcción y que son fijos. Entre ellos se encuentran la estructura, las paredes, los suelos, las ventanas, la instalación de agua y electricidad, etc. En este sentido, hay que tener un especial cuidado con lo que se recoge en las condiciones particulares de la póliza, ya que cada compañía puede realizar distintas interpretaciones de este concepto e incluir o excluir algunos componentes.
En el caso de que no existieran los paneles solares en el momento de contratar el seguro de hogar, una vez finalizada la instalación es necesario comunicarlo a la aseguradora para incluirlo en la póliza.
Dado que estos elementos tienen un precio elevado y están ubicados en una zona donde sufren todas las inclemencias del tiempo, lo más recomendable es comprobar que el seguro de hogar contempla la cobertura de robo y daños materiales por el viento, la lluvia, el granizo, etc. Además, también es fundamental disponer de la garantía de responsabilidad civil para cubrir los daños a terceros que ocasione la propia vivienda asegurada, dentro de la cual se encuentran las placas solares.
Aunque se cuente con un seguro de hogar lo más completo posible, conviene revisar las exclusiones de la póliza, así como los límites de indemnización que se hayan estipulado en cada siniestro que se declare.