EConsiderar hacerse un seguro de vida es una decisión que debemos tomar con la máxima frialdad posible, pensando que, aunque es desagradable imaginar la situación en donde ya no estemos, es lo mejor que podemos hacer por los nuestros. Por eso, en una gran mayoría de los casos, coincide la figura del beneficiario con alguno de los familiares del tomador del seguro.
Pero antes, unas cuantas aclaraciones:
¿Qué es un beneficiario del seguro de vida?
Hablamos del beneficiario como la persona destinataria de la indemnización de la aseguradora, siempre en caso del fallecimiento del titular del seguro de vida.
¿Cuándo se decide quién es el beneficiario del seguro de vida?
Puede hacerse a priori, cuando se contrata la póliza del seguro de vida, o en un momento posterior, mediante un escrito que se lleva a la aseguradora. A continuación, la firma realizará un endoso, por el cual el documento se actualiza. Esto puede hacerse tantas veces sean necesarias.
Si el asegurado es menor, precisará el consentimiento de su representante legal.
¿Puede haber más de un beneficiario del seguro de vida?
Sí, pero conviene detallar el porcentaje de la indemnización que va a cada beneficiario. En el caso de querer un beneficiario universal o único, es importante prever que puede fallecer antes o al mismo tiempo que el asegurado. Por tanto, la cantidad acordada pasará directamente a sus herederos legales.
¿Y si no he designado beneficiario alguno?
En ese caso, conforme a la ley, la indemnización irá, al igual que el resto del patrimonio del fallecido, a los herederos designados en testamento o los familiares directos del asegurado. En la mayoría de los casos, se trata del cónyuge, hijos y nietos.
¿Quién puede ser beneficiario del seguro?
Cualquier persona física o jurídica designada por el tomador del seguro. A veces, si el asegurado no lo ha comunicado a quien haya designado como beneficiario de su seguro, éste no puede conocer el hecho y no va a reclamar el dinero de la indemnización.
Si bien es cierto que hablar de ello es una conversación difícil, es imprescindible para que el cobro de la indemnización sea efectivo.
Para paliar esta realidad, existe desde 2007 un Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento, por el cual todas las aseguradoras están obligadas por ley a compartir la información sobre sus seguros de vida, a fin de que cualquiera pueda consultar si un allegado que acaba de fallecer tenía un seguro de vida en vigor.
En caso afirmativo, el paso siguiente para la persona que pregunta por el seguro, es dirigirse a la aseguradora para descubrir si es o no beneficiario del seguro.
Otras opciones a tener en cuenta
Existen seguros de vida creados solo para que en caso de fallecimiento se solucione un tema realmente importante en nuestras vidas: la hipoteca.
Por ello, la indemnización en este caso va dirigida a cubrir el importe de la hipoteca y “liberar” de los costes y sus obligaciones a los familiares del asegurado.
Esta clase de seguros de vida cobran más relevancia a la hora de comprar una vivienda, de manera que sepamos que, en un futuro, pase lo que pase, nuestra casa no será un quebradero de cabeza para nadie.
Si vas a comprar una casa, descubre cuáles son los mejores seguros de vida para hipoteca y, si ha llegado el momento de pensar en el futuro de los tuyos, puedes observar las coberturas de nuestros Seguros de Vida MAPFRE.