Un barco con motor o a vela es un transporte ideal para disfrutar de tiempo libre y del ocio. Este tipo de medio de transporte necesita por ley disponer de un seguro mínimo que cubra la responsabilidad civil tanto del navío como de los daños que el propietario pueda causar a terceras personas o a otros objetos como puede ser el puerto de embarco. El tipo de embarcaciones que están sujetas a este tipo de imperativo legal también incluye a aquellas orientadas al recreo como lanchas neumáticas, lanchas semirrígidas y motos de agua.
Aquellos barcos que además quieran participar en competiciones marítimas deben de tener en cuenta que, para participar en regatas o pruebas deportivas, deben de contar con un seguro especial más completo, tal y como recoge el artículo 3.2 del Real Decreto 607/1999. Este tipo de póliza también se activará en los entrenamientos, apuestas o desafíos.
Por otro lado, aquellos propietarios de embarcaciones con bandera extranjera que naveguen por aguas españolas y dispongan de una entrada o salida en un puerto español, deberán contar igualmente con un seguro obligatorio que cumpla con las condiciones legales del Real Decreto anteriormente señalado.
Los seguros que deben de aplicarse de manera ineludible por ley en las embarcaciones que operan en España suelen centrarse en los daños que se puedan causar a terceros, pero no en los problemas que le puedan surgir al propio barco, por lo que es aconsejable no quedarse únicamente en los mínimos y contratar un seguro más extenso que se adapte mejor a nuestro uso del navío.
A la hora de contratar un seguro para barcos de motor es necesario tener en cuenta una serie de pautas que influirán en el precio final de la póliza:
– Antigüedad del barco. Si se trata de una embarcación nueva es mejor realizar una cobertura total, mientras que si la edad de la nave es superior a los 15 años quizás es más recomendable fijarse únicamente en las coberturas más básicas. Obviamente el precio se incrementará a medida que pasen los años desde la compra.
– Zona de navegación. En lugar donde utilicemos nuestro barco marcará también el precio del seguro. La zona 1 hace referencia a una navegación ilimitada, con total libertad de movimientos. A partir de ese punto, se van incrementando las restricciones hasta llegar a la zona 4 que se acota en los 12 kilómetros que van desde la costa al mar interior. Según la zona donde queramos navegar, se deberán contratar coberturas diferentes.
– Titulación de la persona que vaya a manejar el barco y su historial de navegación.
– Embarcación auxiliar. Si no supera los cuatro metros de eslora ni una potencia de motor de 10 caballos de vapor, podrá ser incluida en el seguro de la embarcación principal.
Cuando se contrata un seguro para un barco con motor es necesario adjuntar una documentación referente al navío y a las personas que lo tripulan. De este modo, se necesita
– Tripulantes. Quienes son y su titulación.
– Embarcación. Su matrícula, el registro y la bandera con la que navega.
– Certificado de permiso de navegación.
– Certificado de navegabilidad.
– Titulación de recreo del patrón del barco.
Es necesario distinguir entre todos los participantes que pueden aparecer cuando se contrata un seguro para una embarcación. De este modo es necesario un tomador, un asegurado y un patrón. Quizás todos estos entes son una misma persona, pero en otras ocasiones pueden ser personas diferentes. El tomador es quien paga el seguro y puede ser una persona física o jurídica. El asegurado es el propietario de la embarcación y, al igual que anteriormente, también puede ser una persona física o jurídica. El patrón es la persona responsable de la embarcación y deberá de ser autorizada por el asegurado. El patrón únicamente puede ser una persona física y debe de tener la titulación correspondiente al tipo de embarcación que patronea.
Para contratar un seguro de barco con motor los pasos a seguir son:
– Rellenar la documentación necesaria.
– Contactar con una aseguradora
– Elegir la cobertura que se desea contratar y disfrutar de la navegación en el mar de manera segura.
Como ves los pasos son muy sencillos y la mayoría del tiempo en realidad se emplea en reunir los impositivos legales y en analizar qué tipo de seguro es el más recomendable firmar.
Si aún no sabes qué seguro se acopla mejor a tu barco con motor, te aconsejamos que eches un vistazo al Seguro para Embarcaciones MAPFRE. Este tipo de póliza cuenta con una serie de coberturas que superan a las requeridas de manera legal y además ofrece la seguridad de una compañía especialista en este tipo de contratos.
El Seguro para Embarcaciones de Recreo de MAPFRE es idóneo para todos aquellos barcos con motor o con impulsión a vela que excedan los seis metros de eslora. Y puede ser aplicable tanto en casos de propiedad particular como en alquiler. Cuenta con un seguro obligatorio que cubre los siguientes apartados:
– Daños materiales a terceros
– Muerte y lesiones corporales
– Pérdidas económicas
– Daños a buques
– Pago de costas
Si además se desea ampliar la póliza, por muy poco dinero se puede tener acceso a una cobertura más completa que incluya
– La ampliación de daños a terceros. Ampliando notablemente la indemnización en caso de accidente.
– Asistencia en caso de avería
– Seguro de accidente de los ocupantes
– Daños materiales y robo
Podemos resumir, por lo tanto, que los pasos para contratar una póliza para embarcaciones de recreo son relativamente fáciles, pero que es necesario previamente disponer de una serie de requisitos legales y analizar qué cobertura conviene más al uso y características del navío.